domingo, 12 de mayo de 2013

NOTICIAS DE INTERÉS. Nueva normativa sobre Jubilación anticipada volutaria, forzosa o parcial.

El Gobierno exigirá una carrera mínima de 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación forzosa y también en la jubilación parcial.

 El Real Decreto-ley, que lleva por título 'Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo', pretende 'poner cerco' a las jubilaciones anticipadas actuando sobre la edad de acceso, los años de cotización exigidos y los coeficientes reductores que se aplicarán a la pensión por cada año de adelanto a la edad legal de jubilación.


En concreto, y en lo que respecta a la jubilación anticipada de carácter voluntario, se eleva a 35 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a esta figura, a la que podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes, siempre que la pensión resultante supere la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años.
Para no extenderme en exceso puede seguir leyendo en este enlace, gracias.

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