domingo, 12 de mayo de 2013

COBRO DE LA PRESTACIÓN por DESEMPLEO

Se tiene opción a la prestación por desempleo si te hubiesen despedido o tu contrato de trabajo ha concluido.
Nunca se podrá tener derecho a su cobro por baja del contrato de trabajo por voluntad del trabajador.

Puedes solicitar la prestación dentro de los 15 días siguientes a que hayas finalizado tu relación laboral con la empresa. Tienes que pedir cita previamente al INEM para ello.
EL IMPORTE DE TU PRESTACIÓN Será  el 70% de la base de cotización a la Seguridad Social, para desempleo, que venga reflejada en tu nómina. Ese importe resultante lo percibirás durante los seis primeros meses. Para el periodo de paro restante que te pueda quedar cobrarás al 60% de la misma base reguladora.

Puedes ver la tabla de días de paro que corresponden según los cotizados en este enlace

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